Revisión del Catecismo, «editio typica»
Presentada en castellano. Roma, 28 sep 1997 ©Zenit.

La «editio typica» del Catecismo de la Iglesia Católica fue hecha pública oficialmente a la prensa en latín el 9 de septiembre de 1997 por el cardenal Joseph Ratzinger, prefecto de la Congregación para la Doctrina de la Fe. Dos motivos han aconsejado la revisión del Catecismo publicado en 1992. Por una parte, la publicación de la encíclica «Evangelium Vitae» (1995) había arrojado nuevas luces sobre algunos argumentos ya tratados en el Catecismo; por otra, pastores, teólogos y fieles católicos de todo el mundo, al leer el texto, enviaron a Roma observaciones, casi siempre redaccionales, que ayudan a expresar mejor los contenidos de la fe cristiana. Por este motivo, en 1993, Juan Pablo II nombró una comisión encargada de analizar estas propuestas para que se redacte la edición definitiva en latín («editio typica»). Al presentar a los periodistas el texto definitivo, el cardenal Ratzinger explicó que esta edición definitiva «refleja fielmente los contenidos del texto original», que había sido escrito en francés. «No se trata, por tanto, de un nuevo Catecismo, sino sólo del texto definitivo», aclaró el prefecto de la Congregación de la Doctrina de la Fe.

La última edición del Catecismo de la Iglesia católica había sido escrita hace cuatro siglos, como fruto del Concilio de Trento (1545-1563). Este dato puede ayudar a comprender la enorme dificultad que supone la realización de una obra de estas dimensiones. «Es evidente que una empresa de este tipo no se podía realizar humanamente con pocas personas en un breve período de tiempo», concluyó Ratzinger. Por este motivo, el Santo Padre organizó una consulta entre todos los obispos católicos del mundo en 1989-1990 que sirvió para redactar el texto de 1992. La atención y reflexión de los católicos de todo el mundo en estos últimos cinco años ha permitido recibir muchas sugerencias, de modo que la edición «typica» será «la definitiva, sin que esté sujeta a más cambios», son palabras textuales del cardenal Ratzinger.

Las modificaciones significativas realizadas por la versión definitiva del Catecismo de la Iglesia católica a la primera edición de 1992 afectan de manera particular a los temas relacionados con la vida, pues incluyen las aportaciones ofrecidas por la encíclica «Evangelium Vitae» (1995).

Legítima defensa

El primer cambio del texto explica con más detalle la posibilidad de un país de utilizar las armas para defenderse de una agresión exterior. Se trata del criterio de la legítima defensa ante una agresión. La versión original decía: «La legítima defensa puede ser no solamente un derecho, sino un deber grave, para el que es responsable de la vida de otro, del bien común de la familia o de la sociedad». El nuevo párrafo añade: «La defensa del bien común exige colocar al agresor en situación de no poder causar perjuicio. Por este motivo, los que tienen autoridad legítima, tienen también el derecho de usar las armas para rechazar a los agresores de la sociedad civil confiada a su responsabilidad».

Pena de muerte

Otra de las aclaraciones más importantes de la versión definitiva del Catecismo trata sobre el debate de la aplicación de la pena de muerte. Para afrontar de manera eficaz el argumento, la nueva versión ha modificado totalmente el número 2.266 en el que se habla en general sobre los castigos o penas que puede infligir un Estado. El catecismo explica que «La legítima autoridad pública tiene el derecho y el deber de aplicar penas proporcionadas a la gravedad del delito». A continuación, explica cuál es la razón de ser de los castigos que pueden imponer las autoridades:

«La pena tiene, ante todo la finalidad de reparar el desorden introducido por la culpa. Cuando la pena es aceptada voluntariamente por el culpable, adquiere un valor de expiación. La pena finalmente, además de la defensa del orden público y la tutela de la seguridad de las personas, tiene una finalidad medicinal: en la medida de lo posible, debe contribuir a la enmienda del culpable». Como es fácil de comprender la pena de muerte no tiene estas características expiatorias o «medicinales» que exige el Magisterio. Con estas premisas, el número siguiente, el 2.267 afronta de lleno el debate sobre la pena capital. En un primer párrafo, se explica que la Iglesia en el pasado no excluyó este castigo, siempre que fuera «el único camino posible para defender eficazmente del agresor injusto, las vidas humanas». Y tras afirmar que los castigos incruentos se conforman mejor con las condiciones concretas del bien común y de la dignidad de la persona humana, reconoce que hoy día es prácticamente injustificable el recurso a la pena máxima. El párrafo dice así: «Hoy, en efecto, como consecuencia de las posibilidades que tiene el Estado para reprimir eficazmente el crimen, haciendo inofensivo a aquél que lo ha cometido sin quitarle definitivamente la posibilidad de redimirse, los casos en los que sea absolutamente necesario suprimir al reo, "suceden muy rara vez, si es que ya en realidad se dan algunos". (Juan Pablo II, «Evangelium vitae», 56)». Cuando se presentó la «editio typica» del catecismo el cardenal Ratzinger comentó, en este sentido, la situación de Estados Unidos, donde muchos católicos se declaran favorables a la pena de muerte. Explicó que «la doctrina de la Iglesia no depende de los sondeos» y recordó que en las sociedades avanzadas, como la estadounidense, existen otras soluciones que permiten defender a la sociedad de las agresiones de los ciudadanos.

Donación de órganos

Por lo que se refiere a la donación de órganos humanos, la nueva versión, en el número 2.296, no sólo confirma la licitud de los transplantes, sino que ahora añade: « La donación de órganos después de la muerte es un acto noble y meritorio, que debe ser alentado como manifestación de solidaridad generosa». Y aclara que no es moralmente aceptable esta práctica «si el donante o sus legítimos representantes no han dado su explícito consentimiento. Además, no se puede admitir moralmente la mutilación que deja inválido, o provocar directamente la muerte, aunque se haga para retrasar la muerte de otras personas.».

Terrorismo

En el número 2.297, sobre el terrorismo, se ha hecho una ligera corrección que aclara aún más la posición de la Iglesia al respecto. Originalmente se decía: «El terrorismo que amenaza, hiere y mata sin discriminación es gravemente contrario a la justicia y a la caridad». La nueva versióncondena al terrorismo sin distinciones y con contundencia aún mayor: « El terrorismo amenaza, hiere y mata sin discriminación; es gravemente contrario a la justicia y a la caridad».

Masturbación

La enseñanza de la Iglesia sobre la masturbación ha recibido en la «editio typica» una ulterior aclaración. En le último párrafo del número 2.352 se explicaba que «Para emitir un juicio justo acerca de la responsabilidad moral. ha de tenerse en cuenta la inmadurez afectiva, la fuerza de los hábitos contraídos, el estado de angustia y otros factores psíquicos o sociales que reducen, e incluso anulan la culpabilidad moral». Ahora se aclara que «pueden atenuar o tal vez reducir al mínimo la culpabilidad moral».

Homosexualidad

Por lo que se refiere a la homosexualidad (n. 2.358), personas de varios países pidieron una aclaración muy concreta. La redacción anterior podía dejar a entender que la homosexualidad puede ser una tendencia innata. En rueda de prensa, el cardenal Ratzinger explicó que la ciencia todavía no ha comprobado este aspecto. «Sobre el origen de la homosexualidad tenemos que respetar la discusión de las ciencias empíricas -señaló el cardenal alemán-. Por ello, se ha añadido una redacción más ligera en la que se habla de una tendencia «profundamente radicada», que pertenece al dominio del subconsciente. Es decir, aclaró Ratzinger, «no se trata de una opción, sino de algo que precede a la opción». De este modo, el Magisterio no se pronuncia sobre el origen de la homosexualidad.

Trato de los animales

Por último, la edición definitiva del catecismo hace una significativa aclaración sobre el trato de los animales. El texto anterior decía: «Los experimentos médicos y científicos en animales, si se mantienen en límites razonables, son prácticas moralmente aceptables, pues contribuyen a cuidar o salvar vidas humanas». Ahora, la Iglesia exige que se verifique en cada caso el que realmente estos experimentos contribuyan al cuidado y salvación de las personas, de lo contrario, estos experimentos no son lícitos.


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Laudetur Jesus Christus.
Et Maria Mater ejus. Amen
Fuente: ©Zenit.